Aviso Legal

Política de sostenibilidad

HOTEL CHARLESTON SANTA TERESA es un establecimiento de alojamiento y hospedaje comprometido con el cuidado del medio ambiente, manteniendo y mejorando los impactos socioculturales y económicos que genera de manera positiva, minimizando los impactos negativos generados o relacionados con el desarrollo de sus actividades. En cumplimiento de la legislación vigente mediante el diseño, implantación y control del Sistema de Gestión de la Sostenibilidad de SGS, que forma parte del Sistema Integrado de Gestión SIG.
Todos los colaboradores, proveedores, clientes y huéspedes conocen sus derechos y deberes en materia de sustentabilidad, siendo responsables con el uso racional de los recursos naturales, comprometidos con la importancia de impactar de manera positiva nuestro ecosistema, al estar ubicados en el centro histórico de la Ciudad de Cartagena de Indias estamos comprometidos con la promoción del patrimonio cultural local, así como de las fiestas tradicionales, la artesanía, la gastronomía, los monumentos representativos y la infraestructura de la ciudad amurallada.
Charleston Hotels en su compromiso con el medio ambiente promueve el uso de energías renovables; ¿Sabes qué son las energías renovables?
Estamos comprometidos con el crecimiento y desarrollo de nuestra gente, por ello apoyamos a nuestra comunidad adquiriendo sus productos, contribuyendo además a la economía solidaria, estamos en contra de la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes, orientando algunas de nuestras actividades en la prevención de la ESCNNA.
Energías renovables 
Charleston Hotels en su compromiso con el medio ambiente promueve el uso de energías renovables.
Las fuentes de energía renovables son recursos abundantes y limpios que no producen gases de efecto invernadero y otras emisiones nocivas para el medio ambiente como las emisiones de CO2, algo que sí ocurre con las fuentes de energía no renovables como los combustibles fósiles.
Energía hidráulica: Se produce por la caída de agua. Las centrales hidroeléctricas en represas utilizan el agua contenida en embalses o pantanos a gran altura. El agua en su caída pasa por turbinas hidráulicas, que transmiten la energía a un alternador, que la convierte en energía eléctrica.
Energía eólica: Es la energía cinética producida por el viento. A través de los aerogeneradores o molinos de viento, las corrientes de aire son aprovechadas y transformadas en electricidad. Dentro de la energía eólica, podemos encontrar la eólica marina, cuyos parques eólicos están ubicados en alta mar.
Energía solar: Este tipo de energía es proporcionada por el sol en forma de radiación electromagnética (principalmente luz, calor y rayos ultravioleta). El aprovechamiento de la energía del sol puede derivarse en energía solar térmica (utilizada para producir agua caliente sanitaria a baja temperatura para uso sanitario y calefacción), solar fotovoltaica (mediante placas semiconductoras que se alteran con la radiación solar), etc.
Energía geotérmica: Es una de las fuentes de energía renovable menos conocidas y se almacena bajo la superficie terrestre en forma de calor y se vincula a volcanes, fuentes termales, fumarolas y géiseres. Por tanto, es la que procede del interior de la Tierra.
Energía mareomotriz: El movimiento de las mareas y las corrientes oceánicas son capaces de generar energía eléctrica de forma limpia. Si hablamos específicamente de la energía producida por las olas, estaríamos produciendo energía undimotriz. Otro tipo de energía que aprovecha la energía térmica del mar en función de la diferencia de temperatura entre la superficie y las aguas profundas se conoce como maremoto.
Energía de biomasa: Es a partir del aprovechamiento de materia orgánica animal y vegetal o de residuos agroindustriales. Incluye los residuos de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, así como los subproductos de las industrias agroalimentaria y de transformación de la madera.
Ley ESCNNA
HOTEL CHARLESTON SANTA TERESA apoya y cumple con las leyes 679 de 2001 (Art. 16, 17 y 19) 1336 2009, Ley 599 de 2000 y Resolución 3840 de 2009 que tienen por objeto dictar medidas de protección contra la explotación, pornografía, turismo sexual y otras formas de abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes.
ARTÍCULO 20. SANCIONES. El Ministerio de Desarrollo Económico impondrá las siguientes sanciones, de conformidad con el procedimiento establecido para tal efecto en la Ley 300 de 1996:
1. Multas hasta de trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes, las cuales serán destinadas al Fondo de Promoción Turística para los efectos de la presente ley.
2. Suspensión hasta por noventa (90) días calendario de la inscripción en el Registro Nacional de Turismo.
3. Cancelación de la inscripción en el Registro Nacional de Turismo que implicará la prohibición de ejercer la actividad turística durante cinco (5) años a partir de la sanción. El Ministerio de Desarrollo Económico podrá delegar esta función de vigilancia y control en las entidades territoriales.
Esta delegación, sin embargo, no excluye la responsabilidad del delegante por las acciones u omisiones de los delegados.

Para más información sobre el cumplimiento de la ley ESCNNA. VER DOCUMENTO OFICIAL AQUI

Política para el sistema de autocontrol y gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo.
HOTELES CHARLESTON S.A.S. (en adelante LA ORGANIZACIÓN) busca implementar estrategias que prevengan actuaciones relacionadas con conductas fraudulentas, inapropiadas o relacionadas con el lavado de activos y la financiación del terrorismo (LA/FT/FPADM). Es por ello por lo que, en aras de mantener las mejores prácticas –de acuerdo con los parámetros establecidos en el capítulo X de la Circular Básica Jurídica1–, la Organización implementa la presente política que reglamenta el sistema de autocontrol y gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, para garantizar la trasparencia de todas las operaciones que realiza la compañía.
Para más información sobre nuestro código SAGRILAFT. VER DOCUMENTO OFICIAL AQUI
Programa de transparencia y ética empresarial PTEE
Hoteles charleston s.a.s. ratificando su compromiso con el actuar ético y la tolerancia cero hacia cualquier forma de corrupción expide el presente documento, el cual contiene los lineamientos2 del Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE).
PTEE busca prevenir el riesgo de que la Organización -por medio de sus contratistas, administradores, colaboradores (trabajadores), y/o asociados propios- se relacione directa o indirectamente con actos de prometer, ofrecer, dar, coludir, directa o indirectamente a un servidor público Nacional o extranjero, mediante sumas de dinero o cualquier dadiva u objeto de valor u otra renta, beneficio o utilidad, a cambio de que el servidor público, efectúe, omita o retrase cualquier acción asociada con el ejercicio de sus funciones y ligados con un negocio o transacción internacional (riesgo C/ST).

Para más información sobre nuestro Programa de Transparencia PTEE. VER DOCUMENTO OFICIAL AQUI

Política de medio ambiente 
HOTEL CHARLESTON SANTA TERESA protege la flora y fauna de nuestra región y nuestro país. Por ello, no motiva ni invita a la compra de productos elaborados con plantas o animales en peligro de extinción; Asimismo, no invita a realizar prácticas que atenten contra la fauna y flora de nuestro país en cumplimiento de la Ley 1333 de 2009
La conservación de los recursos naturales del país es fundamental para nuestro desarrollo, sancionar penalmente a quienes atenten contra ellos es necesario para protegerlos. El Código Penal colombiano contempla entre estos delitos: El aprovechamiento ilícito de los recursos naturales renovables, entendido como la apropiación, introducción, explotación, transporte, posesión, tráfico, comercio, exploración, aprovechamiento o beneficio propio de especímenes, productos o partes de la fauna. , forestales, florísticos, hidrobiológicos, biológicos o genéticos de la biodiversidad colombiana (prisión de 48 a 108 meses y multa de hasta 35.000 smlmv). Para garantizar la protección de las especies en peligro de extinción, en peligro de extinción o migratorias, raras o endémicas del territorio colombiano, quien haga un uso ilícito de ellas podrá ver aumentada su pena entre un tercio y la mitad. Las penas para los extranjeros que crucen la frontera para la explotación, exploración o aprovechamiento de recursos naturales, van desde los 64 hasta los 144 meses de prisión y multa entre 133,33 y 45.000 smlmv.
Política de bienes socioculturales
HOTEL CHARLESTON SANTA TERESA No apoya el comercio ilegal de bienes culturales, respetamos y promovemos la conservación de nuestra cultura, de conformidad con la Ley 63 de 1986 para la prevención del tráfico ilegal de bienes culturales del país y la Ley 1185 de 2008 que busca la salvaguardia, protección, sostenibilidad, difusión y fomento de los bienes del patrimonio cultural de la Nación.
Código de conducta
Con el propósito de brindar nuestros servicios, Hoteles Charleston ha integrado a su política de calidad un conjunto de valores, principios y lineamientos que guían el comportamiento de los huéspedes, visitantes, funcionarios y proveedores hoteleros, los cuales serán de aplicación a quienes el Hotel Charleston Santa Teresa brinda sus servicios de manera temporal o permanente.
Para más información sobre nuestro código de conducta para empleados, huéspedes y proveedores, VER DOCUMENTO OFICIAL AQUÍ.
Responsabilidad Social
EL HOTEL CHARLESTON SANTA TERESA SE COMPROMETE CON LA NO DISCRIMINACIÓN NI EXCLUSIÓN DE POBLACIONES VULNERABLES
“Somos promotores del uso de energías renovables, con ello ayudamos a nuestro medio ambiente”